Tarapoto//Nuevamente, los combatientes del Alto Cenepa, quienes ofrendaron sus vidas por la patria, saldrán a las calles en la capital Lima, reclamando sus derechos que por ley 26511, les corresponde.

Un grupo de excombatientes que lucharon contra el ejército ecuatoriano el año 1995, conmemorando 29 años de las operaciones militares del Alto Cenepa, saldrán a marchar por las calles de la ciudad de Lima, exigiendo la reposición de sus beneficios remunerativos, salud, educación y hasta vivienda que el estado viene incumpliendo la ley.

Representante de la Asociación de Excombatientes del Alto Cenepa de la Región San Martín, informaron sobre la medida de lucha que pretenden acatar para el 22 de abril que será en la ciudad de Lima, para ello Ramón Silva Vásquez, presidente de la asociación de Moyobamba y representante de las 10 asociaciones de excombatientes de la región san Martín, informó sobre protesta que está programado y viene invocando a todos sus colegas agremiados y no agremiados en participar en dicha medida para hacer valer sus derechos.

Ramón Silva Vásquez, rechazó la actitud de los congresistas que representan la región San Martín, como Lucinda Vásquez, Karol Paredes, Cheryl Trigozo y Arturo Alegría, quienes no están legislando leyes a favor de los excombatientes a pesar que en campaña ofrecieron aprobar leyes que les beneficia.

Hander Pizango Ojanama, dirigente de los excombatientes invocó a sus compañeros quienes ofrendaron sus vidas por la patria, en acudir a la protesta, que iniciará el 22 de abril en la ciudad de Lima, porque la lucha será masiva con todos los excombatientes que participaron en dicho conflicto del 95.

El estado peruano no estaría cumpliendo con dicho beneficio, por lo que la ley es bien clara. De acuerdo a la Ley 26511 el personal civil, militar y policial que haya participado como combatiente en el conflicto con el Ecuador en la zona del Alto Cenepa de 1995, que se encuentre con invalidez temporal o permanente o a los deudos según sea el caso, tiene derecho a una indemnización excepcional no menor de una (01) UIT (S/. 4,600) y una bonificación mensual extraordinaria, no menor de tres remuneraciones mínimas vitales.

Por gutinoti

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